Prorrogan Emergencia Sanitaria en Soledad hasta el próximo 31 de mayo

 










 Mediante Decreto número 018 del 26 de febrero de 2021, el alcalde Rodolfo Ucrós Rosales prorrogó la Emergencia Sanitaria en el municipio de Soledad hasta el 31 de mayo de este año, conforme a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución número 222 de 25 de febrero de 2021, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

El mencionado decreto municipal dicta medidas sanitarias con carácter obligatorio, con el fin de prevenir y controlar la propagación del Covid-19 y mitigar sus efectos. En la misma se señala que la prórroga podrá finalizar antes de la fecha señalada si desaparecen las causas que le dieron origen o prorrogarse si las condiciones persisten o se incrementa.

En el decreto se mantiene la prohibición de los eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas y ordena a todas las autoridades del municipio y a los particulares, de acuerdo con su naturaleza y en el ámbito de su competencia, a cumplir con las acciones y estrategias de respuesta para enfrentar la pandemia.

También ordena a todas las autoridades del municipio y a los particulares adoptar las medidas para garantizar el retorno gradual, progresivo y seguro de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes a la presencialidad en las instituciones educativas, a partir del esquema de alternancia, como una prioridad de salud pública que responde a las necesidades de promoción de su desarrollo y salud mental, con las medidas de bioseguridad.

En el decreto, el mandatario mantiene el autoaislamiento preventivo a las personas mayores de 70 años e invita a los habitantes no realizar o asistir a eventos sociales. 

De igual forma, les ordena a las Entidades Promotoras de Salud y a las Instituciones Prestadoras de Salud del municipio facilitar la afiliación de oficio al Sistema General de Seguridad Social en Salud de la población, utilizando los canales virtuales que el Ministerio de Salud y Protección social ha dispuesto.

Otra orden está dirigida a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio, incluidos los regímenes de excepción y especiales y a su red de prestadores de servicios de salud, para que garanticen la atención en salud de su población afiliada, priorizando el modelo establecido en la Resolución 521 de 2020 o las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

Ucrós, de igual manera,  ordena a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio mantener y profundizar la implementación del programa PRASS, acorde a las responsabilidades definidas en el Decreto 1374 de 2020, y los lineamientos dictados por el Ministerio de Salud y Protección Social, lo cual incluye: incrementar la aplicación de pruebas realizadas a cadenas de contacto con criterio epidemiológico, el rastreo y registro de contactos con criterio epidemiológico, idealmente desde que el caso es sospechoso; el seguimiento a casos y contactos y el acceso a la atención médica oportuna en los casos que se requiere.

Así mismo, Ucrós Rosales dispone que todas las autoridades administrativas del municipio, los sectores sociales, económicos y la sociedad civil en general transmitan la información sobre el riesgo del contagio, de acuerdo con los protocolos y lineamientos que expida, o haya expedido el Ministerio de Salud.

El alcalde Ucrós mantiene las demás medidas ordenadas en el Decreto Municipal número 125 de 15 de marzo de 2020, “Por el cual se adoptan medidas y acciones sanitarias en el municipio de Soledad, con ocasión a la declaratoria de Emergencia Sanitaria por causa del Coronavirus, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, y se dictan otras disposiciones”.


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