BENEFICIOS A INDUSTRIA TEXTIL EN PLAN DE DESARROLLO SE AJUSTARON A FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL







El expresidente de la Cámara de Representantes, ALEJANDRO CARLOS CHACÓN, quien impulsó la inclusión de un beneficio tributario a la industria textil nacional en el Plan Nacional de Desarrollo, asegura que su trámite se hizo acogiendo los fallos de la Corte Constitucional, en donde avala al Congreso a hacer modificaciones en aranceles o el régimen aduanero.

BOGOTÁ (ENERO 30 DE 2020).  Al menos tres sentencias de la Corte Constitucional emitidas entre los años 1992 y 2007, fueron los soportes jurídicos que permitieron tramitar durante la discusión del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2022, la inclusión de un beneficio tributario a la industria textil colombiana, según señaló el expresidente de la Cámara, el representante ALEJANDRO CARLOS CHACÓN CAMARGO, quien lideró la aprobación de esos artículos.

“La Honorable Corte Constitucional ha diferenciado que las competencias en materia arancelaria del Ejecutivo y el Legislativo en tratándose de objetivos de orden fiscal y objetivos en materia comercial (Sentencia C-798 de 2004. M.P. Dr. Manuel José Cepeda); la técnica mixta de producción normativa (Sentencia C-723 de 2007. M.P. Dr. Jaime Córdoba Triviño); sobre quién recae la titularidad exclusiva de la función impositiva (Sentencia No. C-510/92. M.P. Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz), entre otras sentencias”, aseguró CHACÓN CAMARGO, al referirse a la nueva sentencia de la Corte que dejó sin efecto los dos artículos que se incluyeron en el Plan Nacional de Desarrollo.

Precisó el representante del Partido Liberal por Norte de Santander que “la inclusión de los artículos 274 y 275 en el Plan Nacional de Desarrollo obedeció en estricto rigor a copiosas decisiones del Alto Tribunal Constitucional, por medio de las cuales se ha zanjado la discusión en lo tocante a las facultades del Congreso de la República para modificar aranceles y/o el régimen aduanero”.

El congresista manifestó que es respetuoso de la decisión de la Corte, pero destacó los beneficios que se habían logrado desde la entrada en vigencia de los señalados artículos, “la Industria Textil ha tenido considerables mejoras. Por ejemplo, el sector presentó un incremento del 30% en la generación del empleo en relación con el año anterior; Inexmoda, en la edición 32 de Colombiatex de las Américas, evidencia que se presentó un incremento del 59% en comparación con el año anterior en los negocios de la industria nacional; entre otros datos positivos como resultado de la vigencia de los artículos del Plan Nacional de Desarrollo, que al mismo tiempo impactan positivamente los objetivos de orden fiscal del Estado Colombiano”.    

CHACÓN CAMARGO precisó además que “desde el Congreso de la República se continuará trabajando ininterrumpidamente para salvaguardar los temas fiscales que son exclusivos de la Rama Legislativa, así como de la Industria Nacional, el empleo y la productividad”. Finalmente dijo que espera conocer el texto definitivo del fallo para hacer un pronunciamiento de fondo.

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