Personería de Santa Marta exige que actualización catastral no afecte bolsillo de los contribuyentes
Por: Claudia Arregocés.
Directora Combo Tropical.
- La entidad recuerda los topes legales al aumento del Impuesto Predial y los mecanismos de revisión para quienes consideren injusto el nuevo avalúo.
La Personería Distrital de Santa Marta, en cabeza de Edwar Fernando Orozco Oñate, advirtió que el proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, ordenado mediante el Decreto 296 del 11 de agosto de 2025, debe realizarse con estricto respeto a la Ley para evitar incrementos desproporcionados en el Impuesto Predial que pagan los samarios.
El Personero explicó que la actualización catastral es un proceso necesario para identificar y valorar los predios de la ciudad, pero recordó que la normatividad nacional —como la Ley 1995 de 2019 y la Ley 44 de 1990— establece límites claros al aumento del impuesto. Esto significa que la Administración Distrital no puede aplicar incrementos que superen lo fijado por la ley, salvo en casos excepcionales.
"Independientemente del valor de catastro obtenido siguiendo los procedimientos legales, para los predios que hayan sido objeto de actualización catastral y hayan pagado según esa actualización, el aumento del Impuesto Predial Unificado será como máximo del IPC más 8 puntos porcentuales. Para los predios no actualizados, el límite será de máximo 50% del monto liquidado el año inmediatamente anterior. En el caso de viviendas de estratos 1 y 2 con avalúo catastral hasta 135 SMMLV, el incremento anual no podrá sobrepasar el 100% del IPC", precisó Edwar Orozco Oñate en sus observaciones dirigidas a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Multipropósito y a la Secretaría de Hacienda Distrital.
De igual forma, el Personero recordó que los propietarios y poseedores tienen derecho a solicitar la revisión del avalúo catastral si consideran que no refleja las características reales de su inmueble. En este trámite, los contribuyentes pueden aportar pruebas, y la autoridad catastral está obligada a resolver en un plazo máximo de tres meses.
"Queremos que la ciudadanía sepa que la actualización catastral no es sinónimo de un aumento desmedido en el impuesto. La Ley protege a los contribuyentes y les brinda herramientas para defender sus derechos", señaló el Personero Distrital.
La Personería reiteró que seguirá vigilando este proceso para garantizar un equilibrio entre las necesidades fiscales del Distrito y la protección del patrimonio de las familias samarias.
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