¿Cuánto es el aumento del arriendo en 2024?
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El
arriendo aumenta 9.28% para 2024, este es el valor máximo que pueden subir los
cánones de arrendamiento de vivienda este año
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El 60% de las búsquedas de vivienda que hicieron los colombianos el año pasado
fue de inmuebles en arriendo, apesar de la reducción de la oferta de
este tipo de propiedades en el mercado.
El arriendo
aumentó un 9.28%
para 2024, esto va sumado
a otros aumentos
como el del salario mínimo y los precios generales
de muchos productos en Colombia.
El aumento del arriendo para vivienda en este año es el IPC del 2023 (Índice
de precios al consumidor) que publica y calcula el DANE cada año. El IPC determina
el tope máximo de
aumento del arriendo por año según lo establecido en la Ley 820 del 2003.
El
9.28% es el tope máximo del aumento del arriendo, es decir, es lo máximo que el
propietario puede aumentar al canon de arrendamiento mensual. La Ley 820 del
2003 que rige el arriendo
de vivienda en Colombia, también
deja libertad si el propietario quiere hacer un
aumento menor al IPC del año inmediatamente anterior.
En
cuanto a cómo se aplica el aumento del arriendo, la ley es clara, este
incremento solo puede aplicarse cuando se renueva el contrato o cuando ya pasaron 12 meses desde la última vez que se realizó el aumento.
Esto quiere decir, si el contrato se firmó, renovó o aumentó en junio del 2023,
el aumento solo podrá aplicarse en junio del 2024. El aumento no comienza al inicio del año, ni
en enero.
¿Cómo se aplica el aumento?
La ley establece
dos formas en las que se debe aplicar el aumento y que dependerán del año en que se firmó el contrato.
1. Los contratos de arrendamiento que se firmaron antes del 10 de julio
del 2003, aumentan lo que haya determinado de inflación el Banco de la República como meta máxima para el 2023 que es de 3%. Esto es lo máximo
que los contratos de este tipo pueden aumentar en 2024.
Ejemplo: Si el valor del canon de arrendamiento es de $1.500.000 y el contrato
se renueva en mayo del 2023,
el aumento sería de $45.000 con un valor total a pagar de $1.545.000
2. Está el caso de la gran mayoría, que contratos de arrendamiento que se
firmaron después del 10 de julio del 2003,
cuyo incremento es el IPC del año anterior, en este
caso, 2023.
Ejemplo: Si el canon de arrendamiento es de $1.800.000 y el contrato
se renueva en junio del 2023, el valor del aumento
es de $167.040, para un total de $1.967.040
El aumento
del arriendo en 2024, la ley 820 del 2003 estipula varios puntos a tener en cuenta, para evitar chascos o
inconvenientes:
1. Si desea entregar
el inmueble, al terminar el contrato debe realizar un pre-aviso con 3 meses de anticipación. Si el
contrato se desea terminar antes, se aplicará la penalidad que la ley prevé.
2. El canon de arrendamiento no debe superar
el 1% del valor del inmueble.
3. El contrato de arrendamiento debe estipular la fecha de renovación anual donde se aplica el incremento.
4. El contrato puede darse por terminado unilateralmente si el
arrendatario tiene mora en las rentas, no cancela servicios, subarriendo, o
realices cambios en el inmueble sin autorización. Por parte del arrendatario se
dará por terminado, si el arrendador suspende
los servicios públicos
de forma premeditada o no realice
pagos oportunos según el
contrato.
5. Este aumento no aplica al pago de administración en los conjuntos, el
valor del aumento lo decide
la asamblea de copropietarios y puede incrementar desde enero de cada
año. En muchos casos se toma como
referencia el aumento del salario mínimo o el aumento del IPC del año anterior,
lo cual queda estipulado en el reglamento del conjunto.
6. En cuanto a parqueaderos arrendados, el aumento se hará según
lo pactado entre las partes en el contrato de
arrendamiento inicial.
El aumento
del arriendo en 2024 solo aplica a inmuebles destinados a vivienda como lo indica la Ley 820 del 2003. En cuanto a inmuebles comerciales como
locales, oficinas, consultorios y bodegas, los canones se rigen por lo que de
común acuerdo dejaron en el contrato y también sujetos al Código de Comercio.
Actualmente, hay escasez de oferta de vivienda en el país como indican
gremios y expertos, aunque, según las cifras del
DANE, el 40.25% de colombianos viven en arriendo, lo que representa 7 millones
de hogares.
En las grandes
ciudades, las personas
que viven en arriendo van en aumento:
“Bogotá con 52.7%, Risaralda el 48.5% y Valle el 47% lideran
como las regiones
con mayor cantidad
de arrendatarios” indica Fedelonjas.
“En la actualidad, la escasez
de oferta de inmuebles en arriendo que presenta
gran parte de las ciudades
del país ha incidido en incrementos importantes en los contratos de
arrendamiento. Según lo que hemos revisado, al arrendatario promedio le resulta
mejor aceptar el aumento que determina la ley, pues actualmente con la poca oferta de inmuebles, si busca
propiedades con características similares, tendría que pagar entre un 30% a 50%
más, por las condiciones del mercado” precisó Rafael
Gómez, abogado especialista en temas inmobiliarios de DERAÍZ Abogados.
En 2023 en el portal Metrocuadrado, de más de 59 millones
de visitas en el año, el 60% de
las búsquedas fueron para inmuebles en arriendo en toda Colombia, con cifras
superiores en Bogotá y Medellín. La preferencia al momento de arrendar se
centra en apartamentos.
“Colombia es un país de arrendatarios, y las
cifras así lo indican, de más de 260 mil
inmuebles que tenemos disponibles en nuestro portal, en casi todas las
ciudades principales las búsquedas superaron al 60%, en ciudades intermedias las casas aún tienen gran interés a
diferencia de los núcleos urbanos
donde en promedio
más del 61% busca apartamentos. Una oportunidad
para realizar contratos de arrendamiento formales que se rijan de acuerdo a la
ley 820 del 2003”, indicó Sandra Villanueva, Gerente
de Metrocuadrado.
Esto se puede ver también en el monitoreo del IPC anual que incide en el aumento de los arriendos por ley:



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