Hasta el 31 de julio Alcaldía modifica temporalmente el horario para uso de playa de El Rodadero

 










La medida busca promover el derecho al trabajo y al mínimo vital, al igual que mitigar las afectaciones laborales que puedan tener quienes de forma habitual prestan servicios turísticos en este balneario, debido a la realización de los V Juegos Suramericanos de Playa y la Fiesta del Mar.
 
A través del Decreto 170 del 5 de julio del 2023, la alcaldesa Virna Johnson, amplía de manera temporal el horario para el descanso, la recreación, la venta de bienes de consumo y la prestación de los servicios de alquiler de sillas en la playa de El Rodadero.
 
Dicho acto administrativo ordena la modificación temporal del artículo 9 literal a) numeral 1 del Decreto Distrital 376 de 2015, que contempla el horario para el uso de la playa y las actividades de los prestadores de servicios turísticos en este balneario.
 
El secretario de gobierno José Humberto Torres explicó que con la entrada en vigencia del Decreto, se ordena habilitar dos horarios para el uso de la playa de El Rodadero, divididos en dos turnos: desde las 8 a.m. hasta las 6 p.m y de las 6 p.m. hasta las 12 a.m, horario que solo estará vigente entre la fecha de la publicación del acto administrativo que así lo establezca y el 31 de julio de 2023.
 
La medida se toma en consideración del oficio enviado a la Alcaldía de Santa Marta, por parte de la directiva de los V Juegos Suramericanos de Playa y la Cooperativa Multiactiva de Servicios Turísticos "Coopsetumag" en representación del gremio de alquiler de sillas, quienes solicitaron modificar de forma temporal el horario del uso de la playa del Rodadero, dada las actividades deportivas a realizarse en la zona.



 
Vale precisar, que en dicho horario solo podrán prestar servicios turísticos los operadores y el personal de servicios turísticos autorizado por la Secretaría de Gobierno Distrital para la venta de consumos y alquiler de sillas.
 
De igual manera, se mantiene la figura de ‘pico y cédula’ para los operadores u oferentes de alquiler de sillas playeras en cada uno de los turnos diarios, que no pueden pasar de 12 prestadores.
 


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